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Sucesiones y Donaciones
Marco Jurídico: Artículos 745-1100 Código Civil y Ley 11-92 (Código Tributario). Formas excepcionales de transferencia patrimonial que regularmente genera conflictos legales. Los acuerdos/desacuerdos entre sucesores los resuelve el Tribunal Superior de Tierras, administrativamente los primeros, contradictoriamente los segundos. El manejo por el Bufete de innumerables sucesiones, lo ha colocado en un sitial de demanda preferencial en tal área del derecho.
 
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